A) Vuelco accidental:
B) Otros daños:
La compañía garantiza el pago de las perdidas o daños materiales directos descritos por: rotura de cristales, impacto de proyectiles, derrumbe en carreteras, caída de naves aéreas o parte de las mismas, incendio, rayo, robo o hurto total, motín huelgas y o alborotos populares, explosión y Daño malicioso.
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